Índice del reglamento
3.3.1.3 Vigente Res. 40286 de 2026 Ver PDF oficial

3.3.1.3 · Zonas críticas – cruces vehiculares, glorietas, sobre puentes y bajo puentes

Texto oficial

Se consideran zonas críticas aquellas que implican un estado de atención mayor por parte de los usuarios de los espacios iluminados, estas zonas están comprendidas por los cruces vehiculares, glorietas, sobre puentes, bajo puentes, tanto vehiculares como peatonales, entre otros. La clasificación C debe cumplirse en especial en los espacios anteriormente mencionados. La Tabla 3.3.1.3. a., establece los requisitos de niveles de iluminación promedio y de uniformidad mínimos para las denominadas áreas críticas, en el caso que un cruce o intersección vehicular involucre vías con dos clasificaciones M distintas, se debe tomar el valor C de la vía de mayor importancia. De igual forma, el factor de mantenimiento aplicable a las áreas críticas corresponde al de la clasificación M de la vía de mayor importancia involucrada (ver numeral 3.3.1.9.), siguiendo el mismo principio de correspondencia descrito anteriormente.

Tabla 3.3.1.3. a. Requisitos fotométricos para áreas críticas. Adaptado de la norma CIE 115

Clase de iluminación más importante que converge en el cruce Clase C Iluminancia Promedio en toda la superficie (luxes) Uniformidad general Uo
M1 C0 50 0,4
M2 C1 30 0,4
M3 C2 20 0,4
M4 C3 15 0,4
M5 C4 10 0,4
M6 C5 7,5 0,4

En áreas críticas particulares tales como las mencionadas a continuación, se deben aplicar los criterios y clases de iluminación según la Tabla 3.3.1.3. b.

Tabla 3.3.1.3. b. Clases de iluminación en áreas críticas particulares. Adaptado de la norma CIE 115

Área crítica Clase de iluminación del área crítica (C)1
Pasos subterráneos para peatones o ciclistas C0
Rampas vehiculares, puentes vehiculares, entradas a divergencias o convergencias en vías. C1
Sobre y bajo Puentes Vehiculares C1
Puentes peatonales y zonas aledañas a estos espacios2 C2
Cruces ferroviarios C1
Área vehicular en fila de espera (p.ej. Aeropuertos, terminales de transporte, estaciones de metro, entre otros) C0
TÚNELES dentro de Ciudades, zonas urbanas o cualquier tipo de vía intermunicipal, interdepartamental o vía Nacional, aplica para todos los túneles independiente de su longitud. NORMA CIE 88, CIE 189, CIE 193

NOTAS

  1. Todos los niveles de iluminación deben ser cumplidos con una uniformidad U0 mayor o igual a 0,4.
  2. Se considera zona aledaña la franja de 2 m que circunda horizontalmente el área del puente, rampa y escaleras.

Interpretaciones

Ordenadas por votos de la comunidad

Aún no hay interpretaciones aprobadas para este numeral. ¿Tienes una?
Shopping Basket